Rango de leyes
Es necesario recordar, que en el caso que exista contradicción entre Real Decreto Ley 21/2020 de 9 de Junio y órdenes o resoluciones de Comunidades Autónomas, será de aplicación la normativa nacional con rango de ley general, al tener el Estado la competencia en materia de bases de salud conforme el artículo 149 de la Constitución Española. También con base en el artículo 1.2 del Real Decreto de 24 de Julio de 1889 por el se publica el Código Civil: “Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.»